vital escribió:lo tio pep escribió:QR_BBPOST El Maestro Golpeador escribió:QR_BBPOST Aquí se explica muy bien :
Luego ya, la prueba de la manipulación :
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Colegio de aparejadores. ¿puede un aparejador firmar lo que ha de firmar un arquitecto? ¿Dónde se dice que avala el diseño de otra persona?
Va todo con pillería Pep: te hago un casoplón y sabes que es un casoplón, pero en realidad "oficialmente" ésto son unos locales, no les cambio el uso "oficial" y la obra de arreglo de un local la enfoco de forma que no entre en los supuestos LOE (Ley de Ordenación de la Edificación) y lo pueda firmar un aparejador sin problema. ¿Qué ocurre? que jamás de los jamases un Ayuntamiento va a dar cédula de habitabilidad (1ª Ocupación) y los compradores que compraron con el "no pasa nada aunque no nos den la cédula o incluso igual sí nos la dan" se encuentran ahora con problemas.
La cagadita por no hacer las cosas bien desde el principio.
No sé si ganarán todos los juicios o les pescarán en algo porque van con pillería y trampas, pero lo que es obvio es que no se han hecho las cosas bien, que eso profesional no es. Y que gente que no le importa actuar así en su vida privada para ganarse los cuartos son los que tienen esos puestos de responsabilidad en VOX
Te han preguntado si una reforma como la que ha hecho la empresa de Rocio Monasterio la puede firmar un aparejador .
En cuanto a lo otro , se trataba de un local comercial. La empresa de Rocio Monasterio hizo un proyecto de ejecución de reforma de local comercial, lo pasó por el colegio de aparejadores, y punto.
Luego ya, sí el propietario quiere darle uso de vivienda tendrá que solicitarlo al ayuntamiento.
En mi opinión esto suele quedar más claro según van saliendo las informaciones :
1.- Rocio Monasterio constituyó una empresa dedicada a la consultoría inmobiliaria.
2.- Para desarrollar esta actividad contrato a ingenieros, aparejadores y arquitectos, pasando los proyectos de ejecución por los colegios correspondientes.
3.- Realizó la dirección facultativa de las obras, adecuando locales comerciales y locales industriales, siempre cumpliendo la normativa.
4.- Una vez finalizadas las reformas, al parecer, algunos propietarios de esos locales, le dieron un uso de vivienda.
5.- Algunos de esos locales de negocio e industriales, eran propiedad de los Espinosa Monasterio. Y los vendieron como lo que eran, locales, comerciales, o industriales. Y así se hace constar en las correspondientes escrituras.
Per tant, todo correcto.
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